La Sala Constitucional declaró con lugar, el pasado 13 de agosto, el recurso de amparo presentado a favor la enfermera Gabriela Garbanzo Fallas, del Hospital México contra el director de ese centro médico, quien no autorizó la reinstalación de una imagen de Cristo la cual esta desde el 2008 en la pared de la entrada a las salas de operaciones de ese centro hospitalario.
La imagen había sido retirada con ocasión de la remodelación que se realizó y luego estuvo por más de dos años en la entrada de las salas de operaciones en el nuevo edificio, contiguo a las oficinas administrativas, hasta que el director general dio la orden de que se retirara.
La enfermera solicitó formalmente el permiso para volver a colocar la imagen en la pared donde estaba, pero el director le respondió mediante el oficio HM-DG-1310-2024, que no se autorizaba la colocación de la imagen debido a que él “debe de velar por el derecho al libre culto y diversidad religiosa de los diferentes grupos ocupacionales del Hospital México”.
El voto 2024-22977 de la Sala Constitucional constató una violación al artículo 75 de la Constitución Política. Para los jueces constitucionales, la razón ofrecida por el director general del Hospital México para rechazar la gestión presentada con el fin de reubicar la imagen en la entrada de la sala de operaciones carece de un fundamento objetivo y razonable, porque la presencia de la imagen no busca imponer una fe o creencia religiosa, sino que se trata del ejercicio de la libertad de culto, como la manifestación externa de la libertad de conciencia.
Los magistrados ordenaron al director de ese centro hospitalario que, dentro del plazo de tres días contado a partir de la notificación de esta sentencia, que fue hoy, se deje sin efecto el oficio HM-DG-1310-2024 de 05 de abril de 2024 y autorice la reinstalación de la imagen en la pared de la entrada a la sala de operaciones.