La enseñanza católica sobre la inhumación y la cremación de los cuerpos recuerda que la Resurrección de Jesús confirmó la esperanza en lo más profundo del corazón humano de que hay un futuro eterno tanto para nuestro cuerpo como para nuestra alma. Y es la afirmación única de Jesús sobre el destino de nuestros cuerpos humanos lo que subyace en las enseñanzas de la Iglesia sobre la sepultura y la cremación.
La Iglesia recomienda encarecidamente que se observe la piadosa costumbre de enterrar los cuerpos de los difuntos; sin embargo, no prohíbe la cremación, a no ser que se haya optado por razones contrarias a la enseñanza de la Iglesia. (Canon 1176)
El Catecismo de la Iglesia Católica (997) explica: “En la muerte, separación del alma y el cuerpo, el cuerpo del hombre cae en la corrupción, mientras que su alma va al encuentro con Dios, en espera de reunirse con su cuerpo glorificado. Dios en su omnipotencia dará definitivamente a nuestros cuerpos la vida incorruptible uniéndolos a nuestras almas, por la virtud de la Resurrección de Jesús”.
La Iglesia enseña
En particular, la Instrucción de la Congregación para la Doctrina de la Fe “Ad resurgendum cum Christo” acerca de la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación, del 15 de agosto de 2016, establece, entre otras, estas disposiciones:
La Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos, porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos; sin embargo, la cremación no está prohibida.
Enterrando los cuerpos de los fieles difuntos, la Iglesia confirma su fe en la resurrección de la carne, y pone de relieve la alta dignidad del cuerpo humano como parte integrante de la persona con la cual el cuerpo comparte la historia.
No puede permitir, por lo tanto, actitudes y rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte, considerada como anulación definitiva de la persona, o como momento de fusión con la Madre naturaleza o con el universo, o como una etapa en el proceso de re-encarnación, o como la liberación definitiva de la “prisión” del cuerpo.
Además, la sepultura en los cementerios u otros lugares sagrados responde adecuadamente a la compasión y el respeto debido a los cuerpos de los fieles difuntos, que mediante el Bautismo se han convertido en templo del Espíritu Santo y de los cuales, “como herramientas y vasos, se ha servido piadosamente el Espíritu para llevar a cabo muchas obras buenas”.
Por último, la sepultura de los cuerpos de los fieles difuntos en los cementerios u otros lugares sagrados favorece el recuerdo y la oración por los difuntos por parte de los familiares y de toda la comunidad cristiana, y la veneración de los mártires y santos.
Para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, no sea permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos, teniendo en cuenta que para estas formas de proceder no se pueden invocar razones higiénicas, sociales o económicas que pueden motivar la opción de la cremación.
En ninguna parte de su enseñanza la Iglesia Católica imagina siquiera los métodos de eliminación propuestos en la época actual. El compostaje humano y otros métodos de reducción orgánica natural como la “acuamación” (cremación en agua) están, por tanto, expresamente prohibidos.